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Marzo 03, 2020

Medida precautoria suspende efectos de multa impuesta por el Ministerio de Transportes

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Tribunal dicta orden judicial que suspende el cobro de multa por UF 51.500 impuesta por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en contra de Sociedad Marítima y Comercial Somarco Limitada. El Juzgado Civil decretó, sin previa notificación, la suspensión total de los efectos de la resolución administrativa.

En consecuencia, habiendo mediado orden de suspensión dispuesta por la autoridad jurisdiccional, y de conformidad con lo dispuesto –entre otras normas- por el inciso final del artículo 3° de la Ley 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, el acto administrativo dictado por el Ministerio de Transportes no es exigible, y la multa impuesta no puede ser cobrada mientras rija la medida precautoria de suspensión antes señalada.

BSVV obtuvo medida precautoria prejudicial que suspendió multa impuesta a empresa de transporte marítimo.

ABOGADOS PARTICIPANTES

Marco Luna Faúndez

Marco Luna Faúndez

mluna@bsvv.cl
Francisco Álvarez Werth

Francisco Álvarez Werth

falvarez@bsvv.cl
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