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Agosto 04, 2021

Minuta – Fallo del Segundo Tribunal Ambiental acoge la reclamación de inmobiliaria y precisa parámetros para la SMA.

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El 2TA concluyó que “la resolución reclamada, así como la Resolución Exenta N°15/2019, adolecen de diversos vicios de legalidad, pues se sustentan en la Resolución Exenta N°10/2016 que carece de la debida fundamentación, además que fueron dictadas fuera del plazo máximo de duración del procedimiento administrativo existiendo una imposibilidad material de continuar su substanciación y habiendo decaído el procedimiento; así como por haber infringido las reglas de la sana crítica en la apreciación de la prueba aportada para acreditar la ejecución de las acciones del PdC; y, por último, por haber ejercido su deber de asistencia al cumplimiento y facultades de seguimiento y fiscalización de forma deficiente”.

También puedes revisar el fallo completo aquí

El 14 de julio de 2021, el Segundo Tribunal Ambiental (2TA) acogió la reclamación de Inmobiliaria Laderas de Ladomar S.A. Esto implicó dejar sin efecto las resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que habían declarado incumplido el Programa de Cumplimiento (PdC) de la Inmobiliaria, disponiendo a la vez que la SMA deberá dictar un nuevo acto ponderando la ejecución del PdC. Asimismo, condenó en costas a la SMA por resultar totalmente vencida en el procedimiento.

ABOGADOS PARTICIPANTES

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