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Junio 29, 2022

Corte Suprema descarta la existencia del humedal Sargento Silva en Puerto Montt y que los proyectos inmobiliarios denunciados hayan debido evaluarse en el SEIA por afectarlo

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El 28 de junio la Corte Suprema (rol 95.910-2021) confirmó el fallo de primera instancia emitido por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de 3 inmobiliarias y la Municipalidad de Puerto Montt por haber otorgado permisos de edificación a proyectos que habrían requerido evaluación ambiental previa. A juicio de los recurrentes, estos proyectos estarían emplazados en las inmediaciones del “Humedal Urbano Sargento Silva” y lo afectarían.

Si bien en la sentencia la Corte reitera su jurisprudencia anterior, señalando que los humedales urbanos tienen protección a pesar de que no hayan sido reconocidos mediante acto de autoridad, señala que no es posible acreditar la existencia de dicho humedal ya que no existen registros de algún cauce natural o ecosistema que lo haga reconocible en todos los antecedentes aportados.

Finalmente, atendido que la pretensión de los recurrentes era que los proyectos debían ser evaluados ambientalmente por afectar un humedal urbano, la Corte razona que al no existir antecedente alguno que permita sostener la existencia de dicho humedal, la acción de protección no puede prosperar.

Revisa la sentencia completa aquí.

Barros Silva Varela & Vigil demostró que en este caso concreto no concurrían los presupuestos fácticos para que el supuesto “Humedal Sargento Silva” pueda ser considerado humedal urbano.

ABOGADOS PARTICIPANTES

Claudia Ferreiro Vásquez

Claudia Ferreiro Vásquez

cferreiro@bsvv.cl
José Ignacio Vial Barros

José Ignacio Vial Barros

jvial@bsvv.cl
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